La actividad de las empresas agroalimentarias debe mantenerse en su conjunto durante el actual estado de alarma, según ha aclarado el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA).
Ante la necesidad de garantizar el abastecimiento alimentario, el Ministerio ha señalado en un comunicado que no solo debe mantenerse la actividad de esas empresas, sino también la de aquellas que suministran los insumos necesarios para su funcionamiento como piensos, semillas y fertilizantes.
La cadena está compuesta por la producción agrícola, ganadera y acuícola, así como por la actividad pesquera, la transformación de productos agrarios y pesqueros, los centros veterinarios, el transporte, la distribución y la comercialización de alimentos.

Ante las dudas suscitadas por la aplicación del decreto que declara el estado de alarma en el país desde el pasado sábado para frenar la expansión del coronavirus, el MAPA ha explicado que “agricultores, ganaderos, acuicultores y pescadores deben poder seguir realizando las labores necesarias para garantizar el mantenimiento de la actividad”.
En establecimientos de comercio detallista donde se comercialicen otros productos, la actividad debe restringirse a la venta de insumos a estos productores.
Asimismo, las labores que no sean “imprescindibles” durante el estado de alarma, como las accesorias de mantenimiento, tienen que limitarse o suspenderse.
Interrumpidos los plazos de la PAC
El MAPA ha recordado que se han interrumpido los plazos para tramitar procedimientos administrativos vinculados a la Política Agraria Común (PAC) y al sector pesquero.
La Comisión Europea ha confirmado a España que en breve se iniciará la tramitación de un reglamento para llevar a cabo la prórroga del plazo de solicitud de ayudas de la PAC hasta el 15 de junio, según la nota.
En cualquier caso, se facilitará la presentación telemática de dichas peticiones para que puedan seguir registrándose durante el estado de alarma.
Además, se revisará el conjunto de ayudas y procedimientos vinculados a la aplicación de la PAC para facilitar el cumplimiento de los compromisos de los beneficiarios que se hayan visto afectados por esta situación “excepcional”.
Desde el MAPA han añadido que quedan suspendidos los plazos de prescripción de las infracciones cuando no se haya iniciado expediente sancionador en el ámbito pesquero, aunque se pueden adoptar medidas provisionales.
Si esos expedientes se hubieran iniciado, se suspende su tramitación, los plazos de caducidad y los necesarios para cualquier trámite, salvo aquellas medidas necesarias para evitar perjuicios graves en los derechos e intereses de los interesados.
Normas para el sector pesquero
Por otra parte, el Ministerio ha informado de que la tripulación de los buques pesqueros también tiene que seguir las recomendaciones existentes para minimizar riesgos y evitar el contagio.
En este sentido, a la flota de altura se le recomienda no regresar a puerto y permanecer en el mar hasta completar el cupo señalado si no hay capturas suficientes, mientras que a la que opera en aguas de caladero nacional, se le pide extremar las medidas de higiene y seguir las recomendaciones del Ministerio de Sanidad.