CONTROL PESQUERO EN LA EU

La UE publica la norma de control que exige registrar digitalmente las capturas

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El diario oficial de la Unión Europea (DOUE) ha publicado este miércoles el reglamento con las nuevas normas de control pesquero que exige registrar digitalmente las capturas, incluidas las de la pesca recreativa.

El texto, de más de 100 páginas, recoge las modificaciones que serán de obligado cumplimento para todos los Estados miembro.

Los buques deberán rellenar por vía electrónica los cuadernos diarios de pesca, las declaraciones de transbordo y las declaraciones de desembarque, de acuerdo al nuevo reglamento.

No obstante, los capitanes de buques de menos de 12 metros podrán cumplimentar y presentar una declaración simplificada al final de la jornada de pesca, una vez llegados a puerto y antes de desembarcar.

Por otro lado, se obliga a todos los barcos pesqueros a llevar a bordo un dispositivo de localización para que las autoridades nacionales puedan localizarlos e identificarlos a intervalos regulares.

Algunos buques de pequeña escala podrán quedar exentos de esta obligación hasta 2030 y todas las flotas pesqueras de pequeña escala dispondrán de hasta cuatro años para adaptarse a los nuevos requisitos.

El reglamento también aborda las disparidades que existen en la actualidad entre los países de la Unión Europea (UE) en materia de sanciones, de tal forma que a partir de ahora el valor de los productos de la pesca capturados por un buque definirá el nivel mínimo de las multas que se le aplicarán en caso de infracción grave de las normas.

Barco de pesca. Efeagro

El margen de tolerancia (la diferencia entre la estimación del pescado capturado y su peso en el puerto de desembarque) se fijará en un 10 % por especie, con algunas excepciones.

En lo relativo a garantizar el cumplimiento de la obligación de desembarque, los buques de la UE de 18 metros o más que puedan suponer un alto riesgo de incumplimiento tendrán que llevar a bordo sistemas electrónicos de seguimiento a distancia, incluido un circuito cerrado de televisión, hasta cuatro años después de la entrada en vigor de la legislación como máximo.

Los operadores tendrán que conservar información durante toda la cadena de suministro, desde el mar hasta el plato, incluida sobre la primera venta hasta la llegada de los productos a la distribución minorista.

La nueva legislación entrará en vigor dentro de 20 días, aunque varias medidas se aplicarán gradualmente para dar tiempo suficiente a su adaptación.

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