Un grupo de trabajadores de Coca-Cola, arropados por CCOO, UGT y varios parlamentarios, se concentran en las inmediaciones del Congreso. EFEAGRO/J.J.RÍOS.

Un grupo de trabajadores de Coca-Cola, arropados por CCOO, UGT y varios parlamentarios, se concentran en las inmediaciones del Congreso. EFEAGRO/J.J.RÍOS.

Quedan exentos de acudir a otros centros de trabajo

Coca-Cola deberá pagar a los trabajadores de las fábricas que ha cerrado

Publicado por: Arantxa Noriega 30 de enero de 2015 Fuente: Efeagro

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional (AN) sentencia que Coca Cola Iberian Partners debe pagar el salario a los trabajadores afectados por el ERE  sin exigirles contraprestaciones hasta que el Tribunal Supremo se pronuncie de manera definitiva sobre el despido colectivo.

Los trabajadores  de la embotelladora de Coca- Cola quedan exentos de acudir a otros centros de trabajo que impliquen cambio de residencia como pedía la compañía, según el auto al que ha tenido acceso Efeagro .

La Audiencia Nacional estima parcialmente las reclamaciones presentadas por UGT y CC OO ya considera que la readmisión de los empleados de Coca Cola cuyo despido colectivo fue anulado, se hizo de una manera irregular.

“Declaramos que  los trabajadores, a quienes se les readmitió en centros de trabajo, que se les obligó al cambio de residencia, fueron readmitidos irregularmente”

“Declaramos que todos los trabajadores, a quienes se les readmitió en centros de trabajo, que se les obligó al cambio de residencia, fueron readmitidos irregularmente”, por lo que quedan exentos de acudir a dichos centros de trabajo.

Además de pagarles los salarios sin pedirles contraprestaciones a esos 308 trabajadores, la empresa deberá darles de alta en la Seguridad Social y cotizar por ellos hasta que se pronuncie el Supremo.

Sin pronunciarse sobre la readmisión en los centros cerrados

El auto de la Audiencia Nacional no se pronuncia , sin embargo,  sobre  requerir a la compañía  “que readmita a los trabajadores en unos centros de trabajo que están cerrados o en fase de desmantelamiento”, por lo que procede únicamente de eximirlos de acudir a otros centros hasta que el Tribunal Supremo se pronuncie de forma definitiva.

La AN entiende que no ha existido fraude de ley por parte de Coca Cola “porque la decisión de cerrar las fábricas fue adoptada con antelación y anunciada desde el primer día del periodo de consultas para el ERE y no es una consecuencia de la sentencia que les obligó a readmitir a los trabajadores despedidos”.

El auto de la Audiencia afecta a los 278 trabajadores que no han aceptado el empleo que les adjudicó Coca Cola en otra ciudad y a otros 30 empleados que se incorporaron a centros distintos a su puesto de trabajo; sin embargo, no afecta a los 41 que se incorporaron a su mismo puesto y  en las mismas condiciones que tenían antes del ERE.

Coca Cola cerró las fábricas de Fuenlabrada (Madrid), Colloto (Asturias), Alicante y Palma de Mallorca.

 

 

agroformacion

sdfsd788999HDY