Un agricultor en su explotación. Foto: Magrama

Un agricultor en su explotación. Efeagro/ Mapa

POLÍTICA AGRARIA COMÚN

Los agricultores pueden consultar ya sus derechos de pago básico

Publicado por: agro 9 de octubre de 2015

El FEGA ha habilitado un nuevo enlace en el que, los beneficiarios de la PAC, podrán consultar la información relativa a los derechos de pago básico provisionales asignados.

Los derechos de pago básico provisionales asignados a los agricultores y ganaderos han sido calculados en base a la información remitida al FEGA por las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas hasta la fecha actual.

Este enlace (PINCHE AQUÍ) complementa al ya habilitado la semana pasada para los beneficiarios que entrarán a formar parte del régimen de los pequeños productores, que son aquellos para los que se ha estimado en esta campaña 2015 un importe igual o inferior a los 1.250 euros en concepto de pagos directos.

Agricultores y ganaderos cuidan el monte. Imagen cedida por Oviaragón Grupo Pastores del pastor Guillermo Royo, premio a la biodiversidad.
Rebaño de ovejas. Imagen cedida por Oviaragón Grupo Pastores del pastor Guillermo Royo, premio a la biodiversidad.

Los derechos que se muestran en la consulta habilitada son derechos provisionales. Por ello, tanto la superficie que se muestra, sobre la que se ha asignado derechos, como su importe podrán sufrir modificaciones una vez se haya obtenido la versión definitiva de derechos de pago básico.

Tendrá lugar cuando se incluyan los cálculos relativos a los casos de Reserva Nacional y se finalice la tramitación de las transferencias de explotación comunicadas a la administración en el año 2015, según informa el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

La versión definitiva también se obtendrá cuando se incluyan todas las modificaciones de los expedientes derivadas de los resultados de los controles administrativos y sobre el terreno, que en estos momentos están realizando las Comunidades Autónomas.

Abono de anticipos

Con esta primera versión provisional de los derechos de pago básico, aquellas Comunidades Autónomas que así lo determinen podrán abonar el pago del anticipo de las ayudas, siempre y cuando hayan finalizado los controles administrativos a los beneficiarios. Además, este año, de manera excepcional, el pago del anticipo se podrá realizar sin haber finalizado los controles sobre el terreno y por un porcentaje del total de las ayudas directas a percibir por el beneficiario superior al habitual.

 

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