El consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía extremeño, José Antonio Echávarri (c) preside la reunión. EFEAGRO/Cedida por la Junta de Extremadura.

El consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía extremeño, José Antonio Echávarri (c) preside la reunión. EFEAGRO/Cedida por la Junta de Extremadura.

AGRICULTURA CAZA

Extremadura avanza en el decreto que regulará el ejercicio de la caza en la región

Publicado por: EFE 31 de marzo de 2015

El borrador ha sido presentado al Consejo Extremeño de Caza y contempla, entre otros aspectos, el concepto de captura en vivo como modalidad cinegética.

El borrador del decreto que regulará el ejercicio de la caza en Extremadura, que ha sido presentado al Consejo Extremeño de Caza, contempla el concepto de captura en vivo como modalidad cinegética y crea la figura de “Zona específica para el desarrollo de competiciones” con perros de persecución.

El consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, José Antonio Echávarri, ha presentado este borrador por el que se regula el ejercicio de la caza, la planificación y la ordenación cinegética.

Extremadura se adapta a la Ley de Caza

Un grupo de galgueros durante una jornada de caza. EFE/Archivo. Beldad
Un grupo de galgueros durante una jornada de caza. EFE/Archivo. Beldad

Acompañado por el director general de Medio Ambiente, Enrique Julián Fuentes, el consejero ha explicado que el nuevo decreto ha sido redactado para adaptarlo a la modificación de la Ley de Caza y a los cambios en determinados procedimientos para agilizar trámites, entre otros motivos.

Fuentes de la Consejería han informado que las modificaciones más importantes son el cambio en el concepto de la licencia de caza -se crea la licencia interautonómica-, se crea el concepto de captura en vivo como modalidad cinegética y se autoriza la luz artificial en los aguardos y esperas como medida de seguridad, entre otras.

También se crea la figura de ‘Zona específica para la realización de competiciones en la modalidad de perros de persecución’ y se fija como “únicos interlocutores” reconocidos por la Ley de caza ante la Administración a las entidades profesionales de caza y titulares de cotos.

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