Los ministros de Exteriores de los 28 han decidido apelar la sentencia del Tribunal General de la UE. Los jueces comunitarios anularon el acuerdo agrícola con Marruecos, en la parte que afecta al Sáhara occidental.
El Consejo de Ministros de la UE (representantes de los Gobiernos) aprobó esta decisión como un punto sin debate, confirmaron a Efe fuentes comunitarias, refrendando así una medida que ya se había gestado a nivel de embajadores. No precisaron, sin embargo, la fecha en que será presentado el recurso contra la anulación del convenio con Marruecos.
El Tribunal de Justicia de la UE anuló el jueves una decisión del Consejo (países de la UE) de marzo de 2012, sobre la conclusión de un acuerdo para liberalizar el comercio de productos agrícolas y pesqueros entre los Veintiocho y Marruecos, sólo en la parte que afecta al Sahara occidental.
En opinión de esa corte, la UE no verificó si la explotación de los recursos tenía un impacto sobre la población de ese territorio.
El viernes la jefa de la diplomacia comunitaria, Federica Mogherini, tomó nota de la sentencia y aseguró que los servicios jurídicos de las instituciones de la UE iban a examinar la sentencia con detenimiento para estudiar la posibilidad de recurrir.
La decisión de apelar la sentencia quedaba en manos de los Estados miembros, que finalmente la han adoptado.
La sentencia
Los jueces europeos consideraron que cuando el Consejo examinó los elementos del acuerdo, “debía asegurarse (…) de que no había indicios de una explotación de los recursos naturales del territorio del Sáhara occidental bajo control marroquí que pudiera hacerse en detrimento de sus habitantes y en violación de sus derechos fundamentales”.

Se debería haber hecho, según la sentencia, teniendo en cuenta que la soberanía de Marruecos sobre el Sahara occidental “no está reconocida” por la UE y sus Estados miembros ni por la ONU, y la “ausencia de un mandato internacional susceptible de justificar la presencia marroquí en ese territorio”.
Por ello el Consejo “no puede limitarse a considerar que es el Reino de Marruecos el que debe asegurar que ninguna explotación de esa naturaleza tiene lugar”.
“El Consejo ha incumplido su obligación de examinar, antes de la adopción de la decisión (…), todos los elementos del caso. Como consecuencia, conviene admitir el recurso y anular la decisión” en relación a la aplicación del acuerdo al Sahara occidental, indica el fallo.