"Come o Mar" es el lema con el que se ha bautizado una propuesta de turismo marinero para promover los recursos que ofrecen los cerca de 1.500 kilómetros de la costa gallega. EFE/SARA MIGUELEZ

Turismo marinero en la costa gallega. EFE/SARA MIGUELEZ

Turismo a bordo de un barco pesquero

Publicado por: agro 8 de abril de 2019

El Gobierno ha regulado el turismo marinero a bordo de buques pesqueros para las personas que deseen contemplar el desarrollo habitual de los trabajos de la pesca.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) informó el pasado viernes en un comunicado de que el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros establece las condiciones de complementariedad y compatibilidad de las actividades pesqueras y el turismo.

Su objetivo es regular el desarrollo de la actividad de conformidad con unas medidas que proporcionen la adecuada seguridad y habitabilidad a los participantes.

Para su práctica, el buque deberá estar dado de alta en el Registro General de la Flota Pesquera del Ministerio y contar con el previo informe favorable del Ministerio de Fomento, relativo a las condiciones de seguridad marítima, de la navegación, de la vida humana en el mar y de la prevención de la contaminación.

Deberá disponer además del seguro de responsabilidad civil en vigor u otra garantía financiera equivalente.

Obtenido el informe favorable de la Capitanía Marítima y cuando así esté previsto en la normativa de la comunidad autónoma donde radique el puerto base del buque, será necesario contar con el título habilitante para el acceso a la actividad de pesca-turismo.

La realización de esta actividad será compatible con la actividad pesquera para la que el buque esté autorizado, y se llevará a cabo de acuerdo con las condiciones establecidas en la normativa aplicable en lo relativo a las épocas, horarios, límites de capturas, artes de pesca, vedas, zonas autorizadas y cualquier otra condición, incluyendo las titulaciones necesarias para su ejercicio.

Turismo para ver cómo se pesca pero no para pescar

Las comunidades autónomas determinarán las cantidades y los importes máximos de los productos adquiridos en esta modalidad, quedando prohibida la venta de moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos marinos vivos, según ha informado el MAPA.

Además, los turistas no podrán ejercer la actividad pesquera.

Corresponde a las administraciones pesqueras competentes el seguimiento y control de la actividad y al Ministerio de Fomento el seguimiento y control de las condiciones de seguridad y habitabilidad.

Según el MAPA, este Real Decreto da respuesta a una demanda del sector, enmarcada dentro de los objetivos de la Política Pesquera Común.

El MAPA ha considerado que el turismo marinero garantiza la contribución a la sostenibilidad medioambiental, económica y social a largo plazo mediante la introducción de medidas de diversificación que ligan la población al territorio, aportando una mejora en sus rentas y sirviendo también para la promoción y la valorización de su trabajo.

Secciones : Pesca