Hombre sirviendo agua. Foto: Cedida por Tara Castillejo.

Hombre sirviendo agua. Foto: Cedida por Tara Castillejo.

ALIMENTACIÓN LECHE

El Gobierno estudia regular la venta de leche cruda, que ya permite Cataluña

Publicado por: EFEAGRO 19 de julio de 2018

La UE permite que cada Estado miembro decida si prohíbe o limita la puesta en el mercado en su territorio de leche cruda o nata cruda destinada al consumo humano directo.

El Gobierno estudia regular mediante un real decreto los requisitos para la comercialización de leche cruda, teniendo en cuenta los últimos dictámenes científicos, mientras que Cataluña ya lo permite tras aprobar la Generalitat un decreto para su venta directa, que se acaba de publicar.

Fuentes del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social han indicado a Efeagro que actualmente están trabajando en el proyecto de real decreto y recuerdan que la venta de leche cruda está permitida en la Unión Europea en los términos que establece el Reglamento CE 853/2004.

Dicho Reglamento indica que cada Estado miembro podrá, por propia iniciativa y de conformidad con las disposiciones generales del Tratado, mantener o establecer normas nacionales que prohíban o limiten la puesta en el mercado en su territorio de leche cruda o nata cruda destinada al consumo humano directo.

El Gobierno catalán en el decreto publicado decide legislar al respecto asegurando que el Estatuto de autonomía de Cataluña atribuye a la Generalitat competencias en materia de salud pública (artículo 162.3.b), agricultura y ganadería (artículo 116.1.b), y defensa de los derechos de los consumidores y los usuarios (artículo 123.a).

Los requisitos que regula la norma catalana

La normativa catalana regula los requisitos de venta directa de leche cruda de vaca mediante la venta en la explotación, a través de una máquina automática o un establecimiento minorista.

Asimismo, recoge los requisitos que deben cumplir las explotaciones ganaderas productoras, los requisitos de la producción, de manipulación, venta y envasado, de transporte, de etiquetado y de información al consumidor.

Entre las normas de etiquetado, una esencial es que los envases recojan la leyenda: “Leche cruda de vaca no tratada térmicamente: hay que hervirla antes de su consumo”.

Vertido de leche en un recipiente. EFEAGRO/Archivo.
Vertido de leche en un recipiente. EFEAGRO/Archivo.

El real decreto que elabora el Gobierno central quiere basarse en las últimas evidencias científicas sobre el consumo de leche cruda y una de ellas fue emitida por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) a principios de 2015.

En dicho informe, se apuntan “claros vínculos” entre beber leche cruda y enfermedades asociadas a contaminaciones por bacterias como campylobacter spp, salmonella spp o escherichia coli, entre otras, y señala que algunos de estos patógenos pueden presentar resistencias antimicrobianas.

El mismo informe, no obstante, subraya la importancia de informar a los consumidores de que hiervan la leche antes del consumo porque esto “eliminaría dichos riesgos microbiológicos”.